SOLICITUD DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS UC3M

DESCRIPCIÓN

Se implementa este procedimiento electrónico para la solicitud de Ayudas Extraordinarias UC3M para estudiantes en situaciones especiales sobrevenidas.

UNIDAD RESPONSABLE DE LA TRAMITACIÓN

Centro de Orientación a Estudiantes.

ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Vicerrectorado de Estudiantes.
 

CLASE DE INICIO

A instancia de parte.

TRAMITACIÓN

  1. Presentación telemática a través de Sede Electrónica.
  2. Tramitación y resolución de las ayudas por el Vicerrectorado de Estudiantes.

PLAZO DE RESOLUCIÓN

Resoluciones con la concesión de las ayudas en marzo, junio y noviembre.

RECURSOS QUE PROCEDEN

Publicada la Resolución por la que se aprueba la relación de ayudas concedidas y solicitudes denegadas, se abre un plazo de 10 días naturales para presentar alegaciones y/o solicitar la subsanación de posibles errores.
 
La resolución por la que se acuerde la concesión o denegación de las ayudas agota la vía administrativa y contra la misma, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, sin perjuicio de la interposición, con carácter potestativo, del recurso de reposición, ante el Rector de la Universidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación.